DOCUMENTOS. Las razones que llevan a apoyar la opción por el apruebo

Texto distribuido por el Foro para un Desarrollo Justo y Sostenible sobre el proceso constituyente. “No hay una tercera opción como se ha pretendido instalar mañosamente en la opinión pública”. “Examinando el borrador del texto constitucional, es dable apreciar que las normas aprobadas satisfacen los estándares democráticos”. “Las demandas ciudadanas orientadas a iniciar profundas transformaciones en la sociedad y la economía están ampliamente recogidas en el borrador del texto aprobado”. “Las proposiciones de la Convención son muy superiores a las de la Constitución vigente”.

Santiago. 06/2022. 1.- La Convención Constitucional ha concluido la parte medular de su tarea en los plazos que autónomamente se fijó. El 17 de mayo se dio a conocer un primer borrador del texto constitucional que consta de 499 artículos. En ellos se define la arquitectura fundamental de la nueva Constitución que se va a someter a la aprobación o al rechazo de la ciudadanía en el plebiscito del 4 de septiembre de este año.

2.- La tarea, sin embargo, no está concluida. La comisión de Armonización deberá revisar el texto para darle una forma coherente y lo más cuidada posible a su redacción definitiva, así como subsanar eventuales contradicciones o incoherencias. Asimismo, la comisión de Transición deberá determinar el ritmo y los plazos para la plena implementación de la nueva Constitución. Finalmente deberá ser aprobado el Preámbulo, que tiene un evidente valor simbólico y cultural, aunque no forme parte del cuerpo normativo.

3.- El arduo trabajo de la Convención ha sido particularmente complejo. Nacida a raíz de un amplio acuerdo en el Congreso Nacional para dar salida institucional a la más aguda crisis social y política vivida por el país en los últimos cincuenta años, ha conseguido ya ese objetivo fundamental. El estallido social de octubre de 2019 expresó un extendido rechazo al orden existente y una profunda fractura entre la sociedad y el conjunto del sistema político. Incluso las fuerzas políticas y sociales que tomaron distancia del acuerdo del 15 de noviembre finalmente han participado activamente en el proceso constituyente.

4.-Una mayoría nunca vista en la historia electoral del país resolvió en el plebiscito de octubre de 2020 que la nueva Constitución fuera redactada por una Convención elegida solo para ese efecto, de composición paritaria desde el punto de vista de género y con escaños reservados para todos los pueblos originarios reconocidos en la reforma constitucional que dio origen al proceso.

El resultado de la elección de la Convención en mayo de 2021 arrojó un resultado sorprendente: un 43% de los 155 constituyentes son independientes, elegidos en varias listas nacionales o regionales, sumados a los representantes de los pueblos originarios. En general son dirigentes vinculados a los movimientos sociales que desde 2006 se desarrollaron en todo el país con diversas reivindicaciones, que tuvieron como común denominador la crítica al modelo de desarrollo y de sociedad imperantes, muchas veces con posiciones radicales, y que comparten una gran distancia con la institucionalidad y los partidos políticos. Movimientos feministas, ambientalistas, regionalistas, animalistas, estudiantiles, regionalistas, con reivindicaciones variadas y sin una visión común del modelo de sociedad al que aspiran. Los convencionales elegidos en listas o alianzas partidarias pertenecen a la derecha, la centro izquierda y la izquierda, que a su vez se han subdividido en varios colectivos de trabajo al interior de la Convención. La derecha tuvo su peor resultado electoral desde el inicio de la transición democrática. Con poco más del 20% de apoyo electoral no consiguió el tercio al que aspiraba para jugar un papel determinante en el proceso constituyente. A ello hay que sumar la fuerte presencia tanto, numérica -más del 10%- como política, de los representantes de los pueblos originarios, cuya reivindicación principal ha sido la definición del Estado de Chile como uno plurinacional y la defensa de sus derechos colectivos.

5.- De todo ello ha resultado un cuerpo colegiado extraordinariamente fragmentado, en el que se han constituido más de una decena de colectivos con identidad propia. Hay que agregar que dicha fragmentación es, en alguna medida, el espejo de una sociedad también fracturada.

6.- El requisito de los dos tercios para aprobar cada artículo del proyecto de Constitución ha obligado a la Convención a un fatigoso y complicado proceso de diálogo, muchas veces áspero y confrontacional, y de negociación, que no ha sido fácil de seguir por la opinión pública. A lo que se ha sumado una persistente campaña de desinformación y desprestigio del proceso constituyente, iniciado por los sectores más ultramontanos de la derecha, a los que ya se ha sumado esta como un todo.

7.- Ya es posible formular un juicio global sobre el contenido básico de la Constitución, que será sometido al plebiscito del 4 de Septiembre.

Las opciones son claras y están establecidas en el artículo 142 de la reforma constitucional que dio origen a todo el proceso:

“Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito fuere aprobada, el Presidente de la república deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes y entrará en vigencia en dicha fecha”.

“Si la cuestión planteada fuera rechazada continuará vigente la presente Constitución”.

No hay una tercera opción como se ha pretendido instalar mañosamente en la opinión pública.

8.- Para definir la opción que mejor sirve al interés nacional nos parece que debemos responder, al menos, a tres interrogantes:

La primera es si el sistema político propuesto satisface los estándares democráticos propios de las mejores tradiciones constitucionales chilenas y de las democracias más avanzadas del mundo.

La segunda es si el texto propuesto recoge las demandas de profundas transformaciones que se han expresadas con fuerza en las últimas dos décadas orientadas a construir una sociedad más justa, integrada y plural, y una economía sostenible y respetuosa del medio ambiente y de la naturaleza.

La tercera es si la nueva Constitución propuesta es mejor que la actual.

9.- Examinando el borrador del texto constitucional, es dable apreciar que las normas aprobadas satisfacen los estándares democráticos. En efecto, las normas aprobadas salvaguardan la soberanía popular, contemplan una completa enunciación de derechos políticas fundamentales, recogen la noción de que las potestades se encuentran limitadas por éstos, consagran el principio de supremacía constitucional, se fortalece el Gobierno representativo inspirado en el principio de separación de poderes, se reconoce el principio de responsabilidad de los agentes públicos, se asegura la independencia de los tribunales de justicia, y un conjunto relevante de principios democráticos universales.

Reviste particular importancia la afirmación de que la vigencia y el respeto a los Derechos Humanos constituyen un principio esencial de la nueva Constitución, al otorgársele rango constitucional a todos los tratados internacionales respectivos suscritos por Chile, así como a los principios generales de los derechos humanos y al derecho internacional consuetudinario sobre la materia.

Finalmente, se amplia y perfecciona la democracia representativa, al establecerse diversas instituciones de democracia directa y comunitaria.

10.- Se puede afirmar que las demandas ciudadanas orientadas a iniciar profundas transformaciones en la sociedad y la economía están ampliamente recogidas en el borrador del texto aprobado.

Sin ser exhaustivos las definiciones más importantes en esta dimensión nos parecen las siguientes:

La definición de Chile como un Estado Social y Democrático de Derecho, “que debe generar las condiciones necesarias, y proveer los bienes y servicios para asegurar el igual goce de los derechos de las personas y la integración de las personas en la vida política, económica, social y cultural para su pleno desarrollo”. Esta definición supera radicalmente la noción de estado subsidiario propia de la Constitución vigente. Se establecen derechos universales a los bienes y servicios esenciales para el desarrollo personal y social: educación, salud, vivienda, previsión social, recreación y otros, y genera las condiciones para una sociedad inclusiva y justa. Se señala asimismo que la realización de estos derechos será progresiva y fiscalmente sustentable.
La definición de la democracia chilena como paritaria que establezca la plena igualdad de hombres y mujeres, no solo respectos de sus derechos, sino de su participación en todos los organismos del poder político. El texto propuesto en esta materia no solo recoge las demandas del vigoroso movimiento feminista chileno, sino que es el más avanzado a nivel mundial.
La caracterización del Estado como plurinacional e intercultural, que reconoce a los pueblos originarios como sujetos de derechos colectivos y culturas propias, en el marco de un Estado unitario. Esta definición abre una puerta para resolver, pacífica e institucionalmente, la deuda histórica del Estado de Chile con sus pueblos originarios.
La definición del Estado como Regional, genera las condiciones para una efectiva descentralización política y administrativa del país, que permita el pleno desarrollo de todo el territorio nacional, y recoge tanto una sostenida demanda regional como la necesidad de erradicar una centralización asfixiante y finalmente ineficiente.
Se sostiene que el Estado es ecológico, recogiendo la urgente necesidad de modificar sustancialmente la relación entre la sociedad y la economía con el medio ambiente y la naturaleza. La urgencia está dada tanto por los efectos del calentamiento global que en Chile serán particularmente severos, como por la existencia de una economía basada sustancialmente en la explotación del rico stock de materias primas con que cuenta el país con insuficientes regulaciones, que ha provocado graves deterioros ambientales en numerosos ecosistemas y poblaciones.
La inclusión a nivel constitucional del principio de responsabilidad fiscal, que se refuerza con la necesaria concurrencia del Ejecutivo en los proyectos que puedan afectar dicho principio, la mantención de las normas ya establecidas en la constitución de 1925 respecto al presupuesto nacional, y la reiteración de la autonomía del Banco Central; ubican al orden económico definido en el proyecto constitucional en el rango de los más avanzados del mundo. Si a ello se suma la definición del Estado como uno Democrático y Social, capaz de promover activamente el desarrollo se genera la posibilidad de una transformación de la economía en una más inclusiva.

Este conjunto de principios constitucionales que han logrado ser aprobados por una amplia mayoría señalan un rumbo, un camino, que pueden llevar a la configuración de una sociedad integrada, justa y sustentable, tal como a la que la inmensa mayoría del país aspira. Se trata, sin embargo, solo del comienzo. La implementación de la Constitución requerirá de un intenso trabajo legislativo para convertir los principios y nuevas instituciones en leyes operativas que les den sustancia y carne, así como eventualmente corrijan omisiones o errores. La realización práctica de los nuevos derechos consagrados, a su vez, exigirán múltiples políticas públicas eficientes, que estarán a cargo del actual y los futuros gobiernos.

11.- La tercera interrogante es de más fácil respuesta. Las proposiciones de la Convención son muy superiores a las de la Constitución vigente. Se insiste en que la actual no es la misma Constitución de Pinochet porque ha sufrido muchísimas modificaciones, lo que es cierto. Sin embargo, junto a su ilegitimidad de origen, el texto vigente mantiene íntegro uno de los tres pilares básicos de la original: el Estado mínimo o subsidiario, que no pudo ser sustituido en los treinta últimos años de ejercicio democrático y que ha sido un pilar fundamental de la subsistencia del modelo neoliberal dominante. El gran mérito de la reforma del Presidente Lagos de 2005 fue la supresión de las instituciones que establecieron la tutela militar sobre el sistema político: Consejo de Seguridad Nacional prácticamente autónomo, inamovilidad de los Comandantes en Jefe de la Fuerzas Armadas y Carabineros, senadores designados, y demás. Del tercer pilar -democracia protegida de las mayorías ciudadanas- aún subsiste una pieza central: el sistema de altos quórums, que no solo han impedido reformas constitucionales, sino también de casi todas las llamadas leyes orgánicas constitucionales, que son un mecanismo sustancial de la arquitectura de la Constitución inspirada por Jaime Guzmán. Además, ya está superada por los acontecimientos de los últimos dos años: el Congreso se ha ocupado de violar su espíritu y algunas de sus disposiciones explícitas una y otra vez.  Un hipotético triunfo de la opción rechazo llevaría a mantener vigente una Constitución ya muerta, a clausurar el camino aprobado por la mayoría de la ciudadanía para resolver la aguda crisis política por la vía institucional y abriría un periodo de gran incertidumbre política, desviando la atención del sistema político de los agudos problemas económicos, sociales, sanitarios y de seguridad que nos agobian como país.

12.- Todas las razones expuestas nos llevan como Foro para un Desarrollo Justo y Sostenible a declarar nuestro apoyo a la opción apruebo en el plebiscito del 4 de Septiembre y a comprometer todos los esfuerzos para exponer nuestras razones con la mayor amplitud de que seamos capaces.

 

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